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El bloqueo de EE. UU. a Cuba: una política hostil, obsoleta y deshumanizadora 

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El seis de abril de 1960 Lester D. Mallory, Vice Secretario de Estado Asistente para los Asuntos Interamericanos, en un memorándum secreto del Departamento de Estado definía:

“La mayoría de los cubanos apoyan a Castro… el único modo previsible de restarle apoyo interno es mediante el desencanto y la insatisfacción que surjan del malestar económico y las dificultades materiales… hay que emplear rápidamente todos los medios posibles para debilitar la vida económica de Cuba… una línea de acción que, siendo lo más habilidosa y discreta posible, logre los mayores avances en la privación a Cuba de dinero y suministros, para reducirle sus recursos financieros y los salarios reales, provocar hambre, desesperación y el derrocamiento del Gobierno”.

En medio de la pandemia del COVID-19, cuando la solidaridad y la cooperación internacional son más necesarias que nunca, la administración Trump decidió intensificar su política hostil hacia Cuba. No contenta con las ya draconianas medidas de bloqueo comercial, económico y financiero impuestas durante décadas, la Casa Blanca introdujo un total de 243 medidas de presión económica contra la isla caribeña.

Esta política de asfixia económica, agravada por la inclusión de Cuba en la lista de estados patrocinadores del terrorismo, es un flagrante ejemplo de cómo los intereses políticos pueden prevalecer sobre el bienestar humano. Es importante destacar que esta inclusión carece de valor legal internacional, siendo más bien un instrumento de presión política utilizado por Estados Unidos para coaccionar a bancos, aseguradoras, instituciones y países que mantienen relaciones con Cuba.

Resulta irónico que Estados Unidos, una nación que se jacta de promover la democracia y los derechos humanos en el mundo, mantenga un bloqueo que ha sido condenado repetidamente por la comunidad internacional en la Asamblea General de las Naciones Unidas. Este bloqueo, llamado eufemísticamente embargo, debería ser correctamente identificado como un bloqueo debido a su aplicación extraterritorial, lo que lo hace aún más devastador para el pueblo cubano.

Cuando un embargo se internacionaliza con la aplicación de medidas extraterritoriales, suele denominarse "embargo extraterritorial" o "embargo con efecto extraterritorial". Este término hace referencia a la extensión de las restricciones más allá de las fronteras del país que impone el embargo, afectando a terceros países y empresas que tienen relaciones comerciales o financieras con el país objeto del embargo.

Las medidas extraterritoriales pueden incluir restricciones comerciales, financieras o de otro tipo que afecten a empresas o individuos fuera del territorio del país que impone el embargo. Estas medidas a menudo generan controversia y pueden provocar tensiones en las relaciones internacionales, ya que pueden ser percibidas como una injerencia en la soberanía de otros países y un obstáculo para el comercio internacional.

Sí, en muchos casos, un embargo extraterritorial también puede ser referido como un "bloqueo". El término "bloqueo" implica una acción más amplia y restrictiva que simplemente un embargo, ya que puede incluir una variedad de medidas económicas y comerciales diseñadas para aislar a un país o a una entidad específica, como es el caso de Cuba.

El bloqueo puede implicar no sólo restricciones en el comercio y las transacciones financieras, sino también la imposición de barreras diplomáticas, políticas y militares. En el contexto de un embargo extraterritorial, el término "bloqueo" puede utilizarse para describir la amplia gama de medidas coercitivas que se aplican no solo dentro del país emisor del embargo, sino también a nivel internacional, afectando a terceros países y actores económicos.

La Doctrina Grau, que reconoce la agresión económica como un acto equiparable a la agresión militar, cobra una relevancia especial en este contexto. La imposición de medidas económicas coercitivas por parte de Estados Unidos no solo afecta la economía cubana, sino que también tiene graves consecuencias para la salud, la educación y el bienestar de millones de ciudadanos cubanos. Esto es especialmente cierto en el contexto de la pasada pandemia global de Covid 19, donde el acceso a recursos médicos y alimentos es esencial para proteger vidas.

Mientras el mundo avanza hacia una mayor apertura y cooperación, la política de bloqueo de Estados Unidos hacia Cuba sigue anclada en el pasado, sin reconocer las realidades cambiantes y el deseo de diálogo y entendimiento mutuo. Es hora de que esta política obsoleta y deshumanizadora sea dejada de lado en favor de un enfoque basado en la diplomacia, el respeto mutuo y el bienestar de todos los pueblos involucrados.

La historia nos enseña que el diálogo y la colaboración son la verdadera vía hacia la paz y el progreso. Es hora de que Estados Unidos abandone su política de bloqueo hacia Cuba y abrace una nueva era de relaciones basadas en el respeto mutuo y la cooperación. El pueblo cubano merece un futuro de esperanza y oportunidad, no de aislamiento y privación impuesta desde el exterior.

La política de Estados Unidos hacia Cuba ha experimentado varios cambios a lo largo de los años, y la estrategia y táctica actual pueden depender de varios factores, incluidos los objetivos políticos, económicos y de seguridad nacional del gobierno en el poder. Sin embargo, puedo ofrecerte algunas posibles direcciones que podría tomar la política estadounidense hacia Cuba en la actualidad:

Estrategia:

Enfoque manipulado y manipulador en los derechos humanos y la democracia: Estados Unidos podría continuar presionando por mejoras en los derechos humanos y la democracia en Cuba, promoviendo la libertad de expresión, el multipartidismo y elecciones libres y justas como parte de su política exterior, en realidad EE. UU. únicamente promueve el restablecimiento de su poder militar, económico, financiero y territorial sobre Cuba, bajo el supuesto manto de defensa de derechos humanos, pretendiendo ignorar que Cuba es el país que quizás haya hecho más por los mismos en el hemisferio occidental en los campos de educación, salud pública, deporte, arte, cultura e incluso en lo político integrando a todos los sectores de la población y estrato sociales a la participación activa en la dirección del estado a través de un sistema democrático, que aunque se diferencia del modelo norteamericano es mucho más participativo, que el de los EE. UU. He aquí la principal y posible única causa del bloqueo norteamericano a Cuba: ver el modelo político, social y económico de Cuba, como un competidor y por ello hay que infringir daño a la población, para que esta se vea en la desesperación y renuncie a su propio sueño en suelo patrio y al mismo tiempo que no sirva de faro para otros pueblos del mundo.

Apertura económica selectiva: Podría haber una estrategia para fomentar la apertura económica en Cuba, facilitando el comercio y las inversiones en sectores específicos que beneficien a la población cubana y promuevan el desarrollo económico. Sin embargo, cuando Cuba aceptó el reto que ello significa, a través de una intervención del viceministro de exteriores Carlos Fernandez de Cosío, los EE. UU. aprobaron inmediatamente leyes que prohíben precisamente ese tipo de colaboración manipulando el tema.

Compromiso diplomático: Estados Unidos podría buscar un mayor compromiso diplomático con el gobierno cubano, buscando resolver diferencias y establecer relaciones más estables y constructivas, incluso a través del diálogo directo y la cooperación en temas de interés mutuo, como la migración, el medio ambiente y la seguridad regional. En este plano se han dado sin duda algunos avances, pero para un observador externo como yo, la apreciación es de que muchos de los acuerdos en este campo quedan en el papel y luego se utiliza selectiva y manipulativamente para atacar a Cuba propagandística y diplomáticamente

Tácticas:

Ajustes en las restricciones económicas: Podría haber ajustes en las restricciones económicas existentes, como el levantamiento de ciertas medidas de presión o la flexibilización de las regulaciones comerciales para facilitar el intercambio comercial y el flujo de remesas entre Estados Unidos y Cuba. La realidad es que en las esferas donde se han “levantado” algunas de esas restricciones, imponen un tinglado de regulaciones que se ve como campo de obstáculo de un entrenamiento militar, aunque en el campo comercial, lo cual también es manipulado mediáticamente con fines egoístas.

Presión diplomática y multilateral: Estados Unidos podría continuar presionando diplomáticamente en foros internacionales y multilaterales para aumentar la presión sobre el gobierno cubano en temas como los derechos humanos y la democracia, buscando el apoyo de otros países para promover cambios en Cuba, aquí podemos observar la activación de grupos de personas de origen cubano, que se encargan de llevar activismo desde abajo y la calle con estos fines en otros países.

Promoción de intercambios culturales y educativos: Se podrían fomentar intercambios culturales, educativos y de personas entre Estados Unidos y Cuba como una forma de promover la comprensión mutua y la apertura entre ambos países. Cuba aboga por esto, pero se conoce que los EE. UU. continúa poniendo obstáculos a tales actividades.

Es importante tener en cuenta que estas son solo posibles direcciones que podría tomar la política estadounidense hacia Cuba en la actualidad, y que las decisiones específicas dependerán de una variedad de factores, incluidos los cambios en el liderazgo político, las condiciones internas en Cuba y los intereses geopolíticos más amplios de Estados Unidos en la región.

En lugar de referirnos a las medidas restrictivas como "sanciones", podemos utilizar términos que describan más específicamente el tipo de acción que se está tomando o el objetivo detrás de la medida. Aquí hay algunas alternativas:

Restricciones comerciales: Si la medida se refiere a limitaciones en el comercio de bienes y servicios entre países, podemos hablar de "restricciones comerciales" o "medidas comerciales restrictivas".

Embargos: Cuando se prohíbe específicamente el comercio de ciertos productos o se limita el acceso a determinados recursos, podemos utilizar el término "embargo" para describir estas acciones, siempre y cuando no tengan una agenda internacional de forma extraterritorial.

Limitaciones financieras: Si las medidas se centran en restringir el acceso a servicios financieros o transacciones financieras con un país específico, podemos hablar de "limitaciones financieras" o "restricciones financieras". En el caso de Cuba va mucho más allá al esta estar en la ilegal lista de países patrocinadores del terrorismo, que impide cualquier transacción financiera.

Prohibiciones de viaje: Cuando se impide a ciertas personas viajar a un país específico, podemos referirnos a estas acciones como "prohibiciones de viaje" o "restricciones de movilidad".

Medidas coercitivas: Un término más general que puede describir una variedad de acciones para influir en el comportamiento de otro país es "medidas coercitivas" o "medidas de presión".

Estos son solo algunos ejemplos de cómo podemos describir las acciones restrictivas tomadas por un país sin utilizar el término "sanciones", que a menudo lleva connotaciones negativas o legales específicas, es decir la legalización de la ilegalidad. Es importante seleccionar un lenguaje preciso y descriptivo para comunicar claramente el propósito y el impacto de estas medidas.

En el caso de Cuba, el embargo extraterritorial también puede ser referido como un "bloqueo". El término "bloqueo" implica una acción más amplia y restrictiva que simplemente un embargo, ya que puede incluir una variedad de medidas económicas y comerciales diseñadas para aislar a un país o una entidad específica.

El bloqueo puede implicar no sólo restricciones en el comercio y las transacciones financieras, sino también la imposición de barreras diplomáticas, políticas y militares. En el contexto de un embargo extraterritorial, el término "bloqueo" puede utilizarse para describir la amplia gama de medidas coercitivas que se aplican no solo dentro del país emisor del embargo, sino también a nivel internacional, afectando a terceros países y actores económicos.

Y no podía ser de otro modo; porque entre ambos conceptos, intervención y agresión, hay un íntimo nexo, que cada vez se hace más patente. Como ha dicho un autor, "Agresor no es el que viola las fronteras geográficas, sino las fronteras jurídicas." Y añadimos nosotros, agresor no es sólo el que con sus ejércitos invade el territorio de otro Estado, sino también el que, olvidando el respeto a la soberanía de ese otro Estado, intenta violentarla mediante coacciones que subyuguen la libre expresión de su voluntad, que es esencia misma de la soberanía.

Cuando surja el conflicto sobre si una medida es o no una agresión económica, debe resolverse por los medios pacíficos, tan caros a los países americanos; y la solución arbitral y judicial irá realizando esa fina labor interpretativa. Como podemos apreciar Cuba no sufre un embargo, sino un bloqueo por su carácter extraterritorial reforzado con la aplicación de las leyes Torricelli y Helms Burton y la inclusión de Cuba en la lista de países patrocinadores del terrorismo. El impacto sobre la población cubana, es tan brutal, que no podemos encontrar las palabras justas en el diccionario para describirlo. 

Quiero terminar reproduciendo las siguientes palabras del Embajador Belt, en la Novena Conferencia Internacional Americana en 1948 en su discurso que aún hoy guarda toda su actualidad:

"Con la condenación unánime de las amenazas y agresiones de carácter económico, esta Conferencia daría un paso firme y seguro hacia la eliminación de una de las principales causas de conflictos entre pueblos, eliminando, al mismo tiempo, uno de los obstáculos más difíciles de superar en el camino de la cooperación económica."

Notas:

 
Doctrina Grau - En 1947, en Río de Janeiro, Cuba había planteado su tésis "Doctrina Grau Contra la Agresión Económica", presentada por el jefe de la delegación cubana Dr. Guillermo Belt Ramírez, la cual pone al mismo nivel de agresión las presiones económicas con la intervención militar. Esta doctrina prohibía la agresión económica entre los países miembros de la organización, iniciativa dirigida principalmente a frenar las pretensiones de usar la cuota azucarera como elemento de presión sobre Cuba.
 
Dr. Guillermo Belt Ramírez - destacado diplomático cubano durante la pseudo república. 
 
Ley Helms-Burton (1996) - es una ley estadounidense que continúa y refuerza el bloqueo estadounidense a Cuba.
 
Ley Torricelli (1992) - tiene como objetivo fundamental aislar totalmente a Cuba del entorno económico internacional y hacer colapsar su economía. Las disposiciones contenidas en esa legislación, de carácter profundamente extraterritorial, constituyen una flagrante violación de las normas internacionales que rigen la libertad de comercio y navegación y reflejan el desprecio e irrespeto hacia la soberanía de terceros Estados.
 
Ramón Grau San Martín - nació 13 de septiembre de 1881 y falleció el 28 de julio de 1969) fue un médico fisiólogo y político cubano, presidente de Cuba en dos períodos (1933-34, 1944-48).  

Referencias:

 
 
 
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