Plusdirección: génesis, concentración, hegemonía, subordinación y socialización de la capacidad de dirigir
por Henrik Hernandezpublicado en
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Introducción
Versión 1.4
Hace unos días recibí una crítica al marco teórico de la Plusdirección que considero suficientemente importante como para responderla públicamente.
La observación puede resumirse así: Plusdirección no aportaría esencialmente nada nuevo, porque numerosos autores estudiaron antes fenómenos semejantes utilizando conceptos como poder, hegemonía, burocracia, poder estructural, control de agenda, dominación, clase administrativa o separación entre propiedad jurídica y control efectivo.
La crítica merece ser tomada en serio.
Plusdirección no nació en un vacío intelectual. Ninguna construcción conceptual importante lo hace. Las ciencias sociales se desarrollan acumulando problemas, categorías, investigaciones y controversias anteriores.
Por tanto, la existencia de antecedentes no demuestra que una nueva categoría sea innecesaria.
Pero tampoco basta con cambiar el nombre de fenómenos conocidos para justificarla.
La pregunta relevante es otra: ¿Plusdirección permite identificar un objeto, una relación o una trayectoria que permanezca fragmentada entre teorías anteriores y cuya reconstrucción produzca nuevas capacidades explicativas?
La respuesta no puede darse mediante una declaración de originalidad.
Tiene que demostrarse.
Por ello, la Teoría de la Plusdirección debe presentarse inicialmente como una hipótesis teórica y un programa de investigación.
Su pretensión específica consiste en estudiar cómo se producen socialmente capacidades diferenciales de dirección; cómo se distribuyen, concentran, autonomizan, convierten en otras ventajas, reproducen e institucionalizan; cómo unas capacidades subordinan a otras; cómo pueden convertirse en dominación y diferenciación social; y, en sentido contrario, mediante qué mecanismos pueden ser fiscalizadas, redistribuidas y socializadas.
Antecedentes y diferencia específica
Robert Dahl analizó el poder como relación entre actores. Peter Bachrach y Morton Baratz mostraron que el poder puede ejercerse también impidiendo que determinados asuntos lleguen a convertirse en decisiones. Steven Lukes amplió ese problema hacia la formación de preferencias y percepciones.
Antonio Gramsci mostró que la dominación no depende exclusivamente de la coerción y que la dirección intelectual y moral constituye una dimensión fundamental de la hegemonía.
Michel Foucault desplazó parte del análisis hacia las condiciones mediante las cuales se estructuran las posibles acciones de los sujetos.
Susan Strange mostró que quien controla estructuras fundamentales de seguridad, producción, finanzas o conocimiento puede limitar las posibilidades de otros actores sin necesidad de imponerles directamente cada decisión.
Charles Bettelheim cuestionó que la transformación jurídica de la propiedad demostrara automáticamente una transformación equivalente de las relaciones reales de posesión, dirección y apropiación.
Milovan Djilas planteó, desde otro ángulo, la posible formación de una capa político-administrativa diferenciada en sociedades donde la gran propiedad privada tradicional había sido desplazada.
Por tanto, Plusdirección no pretende descubrir por primera vez la existencia del poder, la hegemonía, la burocracia, el control estructural, la desigualdad informativa o la separación entre propiedad formal y control real. El propio desarrollo anterior del marco ya reconoce expresamente esos antecedentes.
Su posible especificidad debe buscarse en otro lugar: en la trayectoria social de la capacidad de dirigir.
La pregunta no es solamente: ¿quién controla?
Sino también: ¿cómo adquirió esa capacidad, cómo puede concentrarla, cómo puede convertirla en otras ventajas, cómo esas ventajas pueden reforzar nuevamente la capacidad inicial, cómo puede reproducirse esa posición y mediante qué mecanismos podría socializarse?
La diferencia propuesta es, por tanto, fundamentalmente dinámica.
Poder decisional y poder condicional
Para avanzar es necesario distinguir dos dimensiones. El poder decisional consiste en adoptar, determinar o imponer directamente una decisión. El poder condicional consiste en configurar elementos fundamentales del entorno dentro del cual otros actores deben decidir y actuar.
Una decisión necesita condiciones materiales para convertirse en realidad.
- Puede necesitar información.
- Recursos.
- Financiación.
- Tecnología.
- Infraestructura.
- Acceso a mercados.
- Permisos.
- Conocimiento.
- Logística.
- Seguridad.
- Una persona, empresa, comunidad o Estado puede conservar formalmente el derecho a adoptar una decisión y poseer, sin embargo, escasa autonomía efectiva si otro actor controla elementos indispensables para ejecutarla.
Puede existir una votación genuina.
Puede debatirse una alternativa.
Puede aprobarse.
Y, sin embargo, esa alternativa puede resultar prácticamente imposible de realizar porque otro actor controla sus condiciones materiales.
Por eso la pregunta política no termina en: ¿quién decidió?
Debe continuar: ¿quién controla las condiciones que permiten convertir esa decisión en acción?
Esta distinción ya estaba en el desarrollo previo del marco como diferencia entre poder decisional y poder condicional.
El entorno decisional
Denominamos entorno decisional al conjunto de condiciones materiales, económicas, informativas, tecnológicas, institucionales y sociales dentro de las cuales los actores pueden formular y ejecutar alternativas.
Controlar parcialmente ese entorno no significa controlar completamente a otro actor.
Pero puede reducir significativamente su autonomía efectiva.
La Plusdirección aparece cuando una capacidad diferencial permite modificar de manera significativa ese campo de posibilidades.
Esta precisión resulta necesaria porque no toda desigualdad constituye Plusdirección.
Que una persona conozca algo que otra desconoce constituye una diferencia informativa.
Pero no necesariamente Plusdirección.
Para que la categoría tenga utilidad analítica, la diferencia debe alcanzar un umbral de significación:
la capacidad de un actor debe alterar de manera relevante las alternativas efectivamente disponibles para otro.
Puede modificar qué puede hacerse.
¿Cuánto cuesta hacerlo?
¿Qué riesgos implica?
¿Qué recursos están disponibles?
¿Qué información puede utilizarse?
¿Qué caminos aparecen como viables?
Plusdirección no designa entonces cualquier desigualdad.
Designa una desigualdad de capacidad suficientemente significativa para intervenir sobre el campo efectivo de acción de otro actor.
Plusdirección relacional
La Plusdirección relacional es la capacidad diferencial de un actor para configurar de manera significativa componentes del entorno decisional de otro.
No necesita ser permanente.
Puede durar minutos, meses o décadas.
Puede desaparecer sin producir estructuras estables.
Puede existir sin dominación.
Puede estar sometida a controles efectivos.
Un cirujano posee durante una operación capacidades que el paciente no posee.
Un piloto dispone de autoridad operacional sobre una aeronave.
Un especialista controla temporalmente información técnica que otros necesitan.
Una dirección empresarial posee capacidades funcionales diferenciadas.
Nada de ello constituye automáticamente dominación.
La Plusdirección relacional identifica una asimetría significativa de capacidad.
No juzga todavía su carácter social.
La duración adquiere importancia cuando esa capacidad puede acumularse, institucionalizarse, convertirse en otras ventajas y reproducirse.
El texto anterior ya establecía esta distinción entre la existencia temporal de una relación de Plusdirección y la estabilidad necesaria para su acumulación y transformación.
Plusdirección autonomizada
La situación cambia cuando una capacidad de dirección comienza a independizarse de quienes deberían poder controlarla, fiscalizarla, limitarla o participar en su orientación.
A ese proceso lo denominamos autonomización de la Plusdirección.
Puede producirse mediante concentración de información.
Debilitamiento de la revocabilidad.
Reducción de la fiscalización.
Control de mecanismos de nombramiento.
Influencia sobre quienes deben controlar al propio aparato.
Desplazamiento de decisiones hacia espacios poco accesibles.
Conversión del conocimiento técnico en monopolio político.
Control creciente de los recursos sobre los cuales la propia estructura debe rendir cuentas.
La diferencia decisiva no consiste en que alguien dirija.
Consiste en que la función de dirección empieza a adquirir capacidad para reproducir su propia separación.
Por ello debemos distinguir entre autonomía operacional y autonomía estructural.
La primera es necesaria en muchos sistemas complejos.
La segunda aparece cuando quienes ejercen una función adquieren también capacidad creciente para determinar las condiciones bajo las cuales esa función puede ser revisada, limitada o retirada.
Plusdirección hegemónica y Plusdirección subordinada
Las relaciones de Plusdirección tampoco forman necesariamente una estructura simple de un actor dominante frente a otro completamente pasivo.
Pueden organizarse mediante cadenas y redes jerárquicas.
Por ello conviene distinguir entre Plusdirección hegemónica y Plusdirección subordinada.
La Plusdirección hegemónica aparece cuando un actor controla de manera relativamente persistente uno o varios nodos críticos del entorno decisional y puede proyectar mediante ellos condiciones significativas sobre otros actores.
No implica necesariamente control absoluto.
Una estructura puede poseer Plusdirección hegemónica en determinadas dimensiones y no en otras.
Puede existir hegemonía financiera.
Tecnológica.
Informativa.
Energética.
Administrativa.
Militar.
Territorial.
La Plusdirección subordinada aparece cuando un actor cuyo propio entorno decisional está condicionado por una capacidad superior conserva, sin embargo, suficiente margen para configurar significativamente el entorno decisional de actores situados en una posición dependiente respecto de él.
Podemos representarlo de manera simple:
A → B → C
A condiciona decisivamente a B.
Pero B conserva capacidad para condicionar a C.
B es, simultáneamente, receptor y transmisor de Plusdirección.
Su subordinación respecto de A no elimina su responsabilidad sobre las decisiones que adopta dentro del margen que conserva.
Y aquí aparece una cuestión importante:
B no tiene necesariamente que transmitir mecánicamente la condición recibida.
Puede reproducirla.
Amplificarla.
Atenuarla.
Modificarla.
Complementarla con condiciones propias.
La existencia de una cadena de subordinación exige, por tanto, reconstruir el margen efectivo de cada actor.
No basta afirmar: «estaba condicionado».
Hay que preguntar: ¿qué podía realmente hacer dentro de ese condicionamiento y qué hizo con esa capacidad?
Esta distinción permite estudiar sistemas donde actores subordinados hacia arriba pueden encontrarse simultáneamente altamente autonomizados respecto de quienes se encuentran debajo.
Un aparato regional puede estar subordinado al poder central y, al mismo tiempo, ejercer una capacidad casi autónoma sobre comunidades locales.
Una empresa puede depender financieramente de una estructura superior y mantener Plusdirección sobre trabajadores y proveedores.
Un Estado puede encontrarse condicionado por una potencia mayor y transmitir, ampliar o amortiguar determinados efectos sobre empresas y ciudadanos.
La Plusdirección debe reconstruirse entonces como una red jerarquizada de capacidades condicionales, no exclusivamente como una cadena de órdenes.
Subordinación, dominación y dominación clasista
Estas categorías no son equivalentes.
Existe subordinación cuando un actor se encuentra sometido, dentro de determinado ámbito, a decisiones o condiciones establecidas por otro.
Puede existir subordinación legítima y funcional.
La dominación aparece cuando una capacidad suficientemente autonomizada permite imponer de manera persistente decisiones, condiciones o proyectos sobre actores que carecen de medios adecuados para controlarla, modificarla o revertirla.
Pero incluso la dominación no constituye automáticamente dominación clasista.
La dominación clasista requiere una reproducción relativamente estable de intereses, posiciones y ventajas diferenciadas vinculadas al control de esas capacidades.
No basta que un administrador cobre más.
No basta que tenga prestigio.
No basta que disponga temporalmente de autoridad.
Debe aparecer una relación social reproducible.
La posición de dirección empieza entonces a convertirse en algo más que una función.
Se transforma progresivamente en posición social diferenciada.
El desarrollo anterior de la teoría ya distinguía precisamente subordinación, dominación y dominación clasista, evitando identificar automáticamente administración con clase.
Convertibilidad de la Plusdirección
Una de las variables fundamentales es la convertibilidad.
Denominamos convertibilidad a la capacidad de transformar una posición de dirección en ventajas pertenecientes a otros ámbitos.
Una función administrativa puede proporcionar información privilegiada.
La información puede facilitar acceso a recursos.
Los recursos pueden construir redes.
Las redes pueden influir sobre nombramientos.
Los nombramientos pueden fortalecer nuevamente el control administrativo.
También pueden producirse ventajas educativas, familiares, económicas, territoriales o institucionales.
La trayectoria no tiene necesariamente una secuencia lineal.
Puede formar bucles: capacidad → ventaja → reproducción → mayor capacidad.
La autonomización puede generar ventajas.
Las ventajas pueden reforzar la autonomización.
La reproducción de posiciones puede aumentar el control sobre la información.
El control de información puede facilitar apropiación.
La apropiación puede ampliar la capacidad de influir sobre nuevas decisiones.
Por ello, Plusdirección debe estudiarse como un sistema de retroalimentaciones, no como una escalera histórica inevitable.
Este abandono de una secuencia lineal constituye ya una parte importante del desarrollo previo del marco.
Institucionalización del control separado
Toda sociedad compleja institucionaliza funciones.
La institucionalización no constituye en sí misma un problema.
El problema aparece cuando normas, organizaciones y procedimientos comienzan a proteger una capacidad autonomizada frente a quienes deberían poder controlarla.
A ese proceso podemos denominarlo institucionalización del control separado.
Una institución puede limitar Plusdirección.
Puede distribuirla.
Puede socializarla.
Pero también puede estabilizarla y reproducirla.
Por eso no basta estudiar las normas escritas.
Es necesario estudiar qué capacidades reales producen.
Plusdirección no nace siempre de una delegación
La autonomización de una función inicialmente delegada constituye una trayectoria importante.
Pero no es el origen universal de toda Plusdirección.
Puede surgir también mediante conquista.
Coerción.
Control territorial.
Monopolios económicos.
Concentración tecnológica.
Control financiero.
Dominio sobre infraestructura.
Dependencias internacionales.
En esos casos, los actores afectados nunca delegaron esa capacidad.
Esta precisión es indispensable para aplicar la teoría a relaciones entre clases, empresas, Estados y estructuras internacionales.
El artículo anterior ya incorporó precisamente esta corrección: la autonomización de una función delegada es una genealogía posible, no la genealogía universal del fenómeno.
Plusdirección y poder estructural
Susan Strange constituye probablemente uno de los desafíos teóricos más importantes para la pretensión de originalidad de Plusdirección.
Su concepto de poder estructural permite estudiar cómo determinados actores controlan estructuras dentro de las cuales otros tienen que actuar.
Plusdirección no puede proclamarse diferente simplemente porque también estudie ese fenómeno.
La diferencia propuesta debe localizarse en la trayectoria y transformabilidad de la capacidad.
El poder estructural permite identificar una estructura de condicionamiento.
Plusdirección pregunta además:
¿cómo se produjo esa capacidad?
¿Cómo se acumuló?
¿Cómo se reproduce?
¿Cómo puede convertirse en otras capacidades?
¿Cómo se articula con capacidades subordinadas?
¿Cómo puede producir autonomización?
¿Cómo puede convertirse en dominación?
¿Cómo puede institucionalizarse?
¿Cómo puede disputarse?
¿Cómo puede redistribuirse?
¿Cómo puede socializarse?
Si reconstruir esas trayectorias no produce explicaciones adicionales, la categoría pierde parte de su necesidad.
Su originalidad permanece, por tanto, como una hipótesis que necesita demostración comparativa.
Plusdirección, propiedad y excedente
Una cuestión particularmente importante aparece cuando distinguimos entre derecho de propiedad y capacidad material de disposición. Administrar recursos no constituye automáticamente apropiación. Toda sociedad necesita producir, almacenar, distribuir, invertir y administrar excedentes. Pero quien administra recursos fundamentales ocupa una posición desde la cual puede intervenir sobre prioridades, asignaciones y condiciones de acceso.
Puede aparecer así una separación entre: quienes producen y quienes disponen de capacidad para decidir sobre lo producido.
Mientras esa capacidad permanezca sometida a mecanismos efectivos de control colectivo puede continuar siendo principalmente funcional.
Cuando comienza a autonomizarse, la relación cambia.
Esto permite formular una hipótesis histórica: en determinadas circunstancias, una capacidad material de disposición puede preceder a la propiedad jurídica.
Antes de poder afirmar legalmente: «esto me pertenece»
Un actor puede haber adquirido capacidad material para afirmar: «yo dispongo de esto».
Pero esta posibilidad lógica no demuestra una genealogía histórica universal.
Que control pueda preceder a propiedad no significa que toda propiedad histórica surgiera de administradores del excedente.
Esa hipótesis necesita investigación arqueológica, antropológica e histórica independiente.
Plusdirección y explotación
Plusdirección tampoco es sinónimo de explotación. Puede existir capacidad diferencial de dirección sin apropiación económica del producto de otros. Pero una explotación estable necesita mecanismos capaces de reproducir las condiciones de apropiación.
No basta apropiarse ocasionalmente de un producto.
Hay que conservar las condiciones que permiten continuar haciéndolo.
Por ello puede formularse una relación limitada: la explotación estable presupone alguna capacidad suficiente para reproducir las condiciones de apropiación.
La teoría marxista de la plusvalía estudia una forma específica de explotación dentro de relaciones capitalistas.
Plusdirección opera en otro nivel.
Pregunta por las capacidades que permiten establecer, proteger, reproducir, transformar o eventualmente superar determinadas relaciones de apropiación.
Las dos categorías no necesitan competir.
Pueden ser complementarias.
Socialismo, propiedad estatal y capacidad real de dirección
La abolición de la gran propiedad capitalista privada constituye una transformación profunda.
Pero no responde automáticamente a una segunda pregunta: ¿quién dirige efectivamente aquello que jurídicamente ha pasado a pertenecer al Estado o a la sociedad?
Puede desaparecer el propietario capitalista privado.
Puede desarrollarse planificación.
Puede modificarse radicalmente la distribución del excedente.
Pueden expandirse servicios sociales.
Todo eso representa cambios materiales reales.
Pero puede persistir una separación entre quienes producen y quienes deciden: qué producir, cómo producir, dónde invertir, qué tecnologías utilizar, cómo distribuir recursos y qué hacer con el excedente.
Entonces aparece una diferencia entre propiedad estatal y propiedad social efectiva.
La propiedad estatal define una titularidad jurídica.
La propiedad social efectiva requiere además mecanismos mediante los cuales los colectivos afectados puedan acceder a información, fiscalizar administradores, intervenir sobre determinadas prioridades y conservar capacidad suficiente respecto del destino de los recursos sociales.
El propio artículo anterior había llegado ya a esta conclusión: socializar jurídicamente la propiedad no equivale automáticamente a socializar la capacidad efectiva de dirigirla.
Burguesía funcional
Dentro de este problema adquiere significado la categoría de burguesía funcional.
Debe utilizarse con precisión.
No designa a toda burocracia.
No designa automáticamente a ministros, directores o administradores.
No se define simplemente mediante privilegios salariales.
Burguesía funcional designa una capa de las estructuras administrativas surgida dentro de sistemas que formal y oficialmente desplazaron —o desplazan— en gran medida la propiedad privada de los medios fundamentales de producción por formas de propiedad estatal, y que concentra una capacidad decisional de tal magnitud que puede condicionar los métodos de dirección de la producción y de redistribución del producto social.
Esa posición le permite controlar capacidades decisionales fundamentales, reproducir sus propias posiciones, convertir dichas capacidades en ventajas materiales, institucionales o sociales y desarrollar un interés estructural en conservar su separación respecto de quienes sostienen material y socialmente el sistema.
La diferencia fundamental respecto de una administración funcional aparece cuando la función comienza a transformarse en posición social reproducible.
La capa puede influir sobre selección de cuadros.
Concentrar información.
Controlar recursos.
Construir redes.
Reproducir ventajas.
Facilitar oportunidades familiares o económicas.
Y aumentar progresivamente su capacidad para conservar la propia posición.
En determinadas condiciones históricas, esa concentración y autonomización puede permitir además crear condiciones favorables para la reprivatización de partes de la propiedad estatal en beneficio propio o de redes familiares, administrativas y económicas vinculadas.
Las ventajas inicialmente funcionales pueden transformarse entonces en capacidad material de apropiación. Y esa capacidad puede posteriormente convertirse en propiedad jurídicamente reconocida.
La existencia de burguesía funcional no significa que la privatización sea inevitable.
Significa que se ha formado una capa cuya posición diferencial puede facilitarla cuando cambian las condiciones jurídicas, políticas o económicas.
Por tanto, en determinados procesos históricos: la privatización jurídica puede no representar el comienzo de la transformación.
Puede constituir la formalización tardía de una capacidad de disposición y apropiación desarrollada previamente dentro de la estructura administrativa estatal.
Esto permite formular una trayectoria posible: estatización → concentración administrativa de capacidad decisional → autonomización → reproducción de posiciones → convertibilidad de ventajas → capacidad de apropiación → posible reprivatización.
No constituye una ley universal.
No toda burocracia recorre ese camino.
No toda autonomización produce burguesía funcional.
No toda burguesía funcional consigue convertirse posteriormente en burguesía propietaria.
Precisamente por ello deben estudiarse tanto los casos donde ocurre como aquellos donde no ocurre.
Burguesía funcional y Plusdirección no son equivalentes
Esta distinción es fundamental.
Plusdirección constituye la categoría más general.
Puede existir en sociedades capitalistas.
Socialistas.
Precapitalistas.
Entre empresas.
Dentro de burocracias.
Entre Estados.
En sistemas tecnológicos.
En relaciones informacionales.
La burguesía funcional constituye una configuración histórica específica.
Puede aparecer cuando una capa administrativa de un sistema altamente estatalizado consigue autonomizar y reproducir capacidades fundamentales de dirección y convertirlas progresivamente en posiciones e intereses diferenciados.
Por tanto: toda burguesía funcional implica Plusdirección autonomizada, pero no toda Plusdirección autonomizada produce burguesía funcional.
Socializar Plusdirección
Socializar la capacidad de dirección no significa eliminar la dirección. Una sociedad compleja necesita médicos.
Ingenieros.
Economistas.
Administradores.
Planificadores.
Científicos.
Especialistas.
Instituciones.
Delegación.
Coordinación.
La cuestión consiste en impedir que las asimetrías funcionales necesarias se transformen sin control en posiciones sociales autónomas y reproducibles.
Por ello debemos distinguir también entre autoridad epistemológica y autoridad política.
El especialista puede disponer de conocimientos que los demás no poseen.
Eso le concede autoridad sobre determinadas afirmaciones técnicas.
No le concede automáticamente soberanía sobre las consecuencias sociales de la decisión.
Un ingeniero puede determinar que dos diseños son técnicamente posibles y otro resulta inseguro.
Pero decidir cuál de los diseños seguros debe financiarse puede implicar prioridades económicas, ambientales y sociales que trascienden la competencia técnica del ingeniero.
Democratizar la dirección no significa votar contra el conocimiento.
Significa impedir que el conocimiento especializado pueda transformarse automáticamente en monopolio político.
Socializar Plusdirección implica entonces ampliar: transparencia, fiscalización, pluralidad informativa, control sobre nombramientos, participación de actores afectados, mecanismos de revocación donde sean funcionalmente posibles, control del excedente y límites a la convertibilidad privada de capacidades públicas.
El objetivo no consiste en eliminar todas las asimetrías.
Consiste en impedir su transformación en poder social separado.
Dos movimientos contrapuestos
La Teoría de la Plusdirección permite entonces estudiar dos procesos generales.
Uno puede desarrollarse hacia: concentración → autonomización → convertibilidad → reproducción → institucionalización → posible dominación.
Otro puede hacerlo hacia: distribución → transparencia → fiscalización → reversibilidad → control colectivo → socialización.
No son leyes naturales.
Una sociedad puede avanzar y retroceder.
Una institución puede contener determinada forma de Plusdirección y producir otra.
Un actor subordinado puede simultáneamente ejercer Plusdirección sobre otros.
Una capacidad temporal puede desaparecer.
Una capacidad funcional puede autonomizarse.
Una capacidad autonomizada puede volver a ser socializada.
El problema es histórico, no teleológico.
De concepto a programa de investigación
Para que Plusdirección avance desde una construcción conceptual hacia una teoría contrastable debe formular hipótesis capaces de fracasar.
No basta definir autonomización mediante opacidad, baja revocabilidad y reproducción de posiciones y después utilizar la presencia de esos mismos elementos como prueba de la teoría.
Hay que introducir temporalidad.
Comparación.
Secuencias.
Variables alternativas.
El orden debería ser: condición antecedente → mecanismo → resultado posterior.
Una hipótesis investigable podría formularse así: a niveles semejantes de complejidad organizativa, una disminución sostenida de la fiscalización efectiva combinada con creciente concentración informativa debería aumentar posteriormente la probabilidad de convertibilidad de las posiciones administrativas en ventajas sociales persistentes.
Otra: cuando aumenta la convertibilidad de una posición administrativa, debería crecer posteriormente la capacidad de quienes la ocupan para influir sobre nombramientos, recursos y reglas que afectan a su propia reproducción.
Otra puede estudiar relaciones hegemónicas y subordinadas: cuando un actor subordinado conserva un margen significativo de decisión, los resultados observados no deberían explicarse únicamente por la presión del actor hegemónico; deberían variar según la forma en que el actor subordinado reproduce, amplifica, atenúa o transforma esa presión.
Y otra: estructuras con alta concentración operacional pero fuertes mecanismos externos de fiscalización, transparencia y limitación deberían producir menos autonomización que estructuras comparables donde esos mecanismos sean débiles.
Estas hipótesis pueden resultar equivocadas.
Y precisamente por eso tienen valor científico.
El ejemplo de dos empresas
Imaginemos dos empresas estatales semejantes.
Poseen igual forma jurídica de propiedad.
Tamaño comparable.
Tecnología semejante.
Necesidades administrativas equivalentes.
En ambas existe una dirección profesional.
En la primera, la información económica permanece ampliamente accesible.
Los administradores pueden ser fiscalizados.
Los mecanismos de selección permanecen abiertos.
La dirección no controla a quienes deben supervisarla.
Las ventajas del cargo son limitadas y poco convertibles en posiciones sociales permanentes.
Después de diez años continúa existiendo especialización administrativa, pero la capacidad de dirección permanece relativamente sometida a controles colectivos.
En la segunda empresa ocurre algo distinto.
Primero se concentra la información.
Posteriormente disminuye la fiscalización efectiva.
Después aumenta la influencia de quienes dirigen sobre la selección de sus sucesores.
Más tarde aparecen redes de acceso diferencial a recursos.
Esas ventajas aumentan nuevamente la autonomía inicial.
A continuación, determinados actores consiguen convertir capacidades administrativas en oportunidades económicas particulares.
Las dos empresas siguen siendo jurídicamente estatales.
Una clasificación basada exclusivamente en la propiedad diría que no existe una diferencia fundamental.
Plusdirección pregunta: ¿qué mecanismos hicieron que capacidades inicialmente semejantes siguieran trayectorias tan distintas?
Esa es precisamente la clase de problema que el marco tendría que demostrar que puede explicar.
¿Qué podría refutar la teoría?
También deben buscarse deliberadamente casos difíciles.
Organizaciones con enorme concentración de capacidad decisional durante décadas donde no aparezca autonomización significativa.
Sistemas con fuerte asimetría informativa pero sin convertibilidad de esas capacidades en ventajas sociales.
Estructuras altamente centralizadas donde la reproducción de cargos permanezca abierta y la dirección continúe efectivamente subordinada al control colectivo.
Si esos casos fueran numerosos y la teoría no pudiera explicar por qué la concentración no produjo autonomización, Plusdirección necesitaría revisión.
También deben estudiarse casos inversos: sistemas formalmente descentralizados, con elecciones o propiedad dispersa, donde una minoría controla materialmente los nodos fundamentales del entorno decisional.
Si la teoría consigue detectar relaciones que una clasificación puramente jurídica no muestra, su capacidad explicativa aumentará.
Por eso la crítica inicial permanece válida como exigencia permanente:
la originalidad de Plusdirección no debe proclamarse. Debe demostrarse comparativamente.
Conclusión
La crítica de que Plusdirección sería simplemente otra palabra para fenómenos conocidos obliga a precisar radicalmente su objeto.
Dahl, Bachrach y Baratz, Lukes, Gramsci, Foucault, Strange, Bettelheim, Djilas y otras tradiciones proporcionan antecedentes fundamentales.
Plusdirección no pretende reemplazarlos.
Su propuesta consiste en estudiar específicamente la trayectoria social de las capacidades diferenciales de dirección.
¿Cómo surgen?
¿Cómo se distribuyen?
¿Cómo se concentran?
¿Cómo unas se vuelven hegemónicas y otras subordinadas?
¿Cómo pueden autonomizarse?
¿Cómo se convierten en otras ventajas?
¿Cómo esas ventajas pueden reproducir nuevamente la capacidad original?
¿Cómo pueden institucionalizarse?
¿Cómo pueden convertirse en dominación?
¿Cómo determinadas configuraciones pueden producir diferenciaciones clasistas?
¿Cómo una capa administrativa de un sistema estatalizado puede llegar, bajo determinadas condiciones, a convertirse en burguesía funcional?
Y cómo, en sentido contrario, esas capacidades pueden ser fiscalizadas, redistribuidas y socializadas.
La existencia de dirección no constituye el problema.
La sociedad necesita dirección.
El problema comienza cuando una capacidad producida socialmente para organizar, coordinar o administrar adquiere posibilidades crecientes de separarse de quienes la sostienen y de reproducir esa separación.
Por ello una sociedad que aspire a superar relaciones de dominación no puede limitarse a preguntar:
¿quién posee?
Tampoco basta con preguntar:
¿quién decide?
Debe formular una pregunta todavía más profunda:
¿quién controla las condiciones dentro de las cuales los demás pueden decidir?
Y después:
¿cómo adquirió ese control, cómo lo reproduce, en qué puede convertirlo y quién posee capacidad real para recuperarlo?
Ahí se encuentra el núcleo de la Teoría de la Plusdirección.
No solamente explicar quién dirige.
Sino investigar: cómo se construye, distribuye, concentra, hegemoniza, subordina, autonomiza, convierte, reproduce, disputa y socializa la capacidad misma de dirigir.
El desarrollo previo del artículo ya había llegado a una formulación muy cercana: convertir Plusdirección en un programa dedicado a estudiar la génesis, distribución, concentración, autonomización, convertibilidad, reproducción, institucionalización, disputa y socialización de esas capacidades.
Con Plusdirección hegemónica, Plusdirección subordinada y la definición madura de burguesía funcional, ahora el marco gana una dimensión que antes estaba menos desarrollada: ya no analiza solo la evolución interna de una capacidad, sino también su posición dentro de cadenas y redes de condicionamiento. Esa, a mi juicio, es una mejora teórica importante respecto de la versión anterior.
Glosario de términos clave:
Administración funcional:
Ejercicio de funciones necesarias de organización, coordinación, planificación o distribución que permanece sometido a mecanismos efectivos de control colectivo y no transforma las capacidades derivadas del cargo en una posición social autónoma.
Autonomía efectiva:
Capacidad material real de un actor para seleccionar y ejecutar alternativas. Se diferencia de la existencia puramente formal o jurídica del derecho a decidir.
Autonomía operacional:
Margen de decisión necesario para desempeñar eficazmente una función especializada dentro de competencias, objetivos y límites previamente establecidos.
Autonomía estructural:
Situación en la que quienes ejercen una función de dirección adquieren capacidad creciente para determinar sus propios límites, influir sobre quienes deben fiscalizarlos o dificultar la recuperación de las capacidades que ejercen.
Autonomización de la Plusdirección:
Proceso mediante el cual una capacidad diferencial de dirección adquiere independencia creciente respecto de los actores que deberían poder limitarla, fiscalizarla, modificarla o participar en su orientación.
Burguesía funcional:
Capa de las estructuras administrativas surgida dentro de sistemas que formal y oficialmente desplazaron —o desplazan— en gran medida la propiedad privada de los medios fundamentales de producción por formas de propiedad estatal, y que concentra una capacidad decisional de tal magnitud que puede condicionar los métodos de dirección de la producción y de redistribución del producto social. Esa posición le permite controlar capacidades decisionales fundamentales, reproducir sus propias posiciones, convertir dichas capacidades en ventajas materiales, institucionales o sociales y desarrollar un interés estructural en conservar su separación respecto de quienes sostienen material y socialmente el sistema. En determinadas condiciones históricas, esa concentración y autonomización puede permitirle crear condiciones para la reprivatización de partes de la propiedad estatal en beneficio propio o de redes familiares, administrativas y económicas vinculadas, transformando ventajas inicialmente funcionales en capacidad de apropiación patrimonial y eventualmente en propiedad privada jurídicamente reconocida. La reprivatización constituye una posibilidad histórica, no una consecuencia necesaria.
Capa administrativa:
Conjunto relativamente diferenciado de actores que desempeñan recurrentemente funciones de administración, planificación, coordinación o dirección. Su existencia no implica por sí misma dominación ni condición de clase.
Control colectivo:
Conjunto de capacidades distribuidas entre los actores afectados para acceder a información, fiscalizar, intervenir, limitar, modificar o retirar funciones y decisiones de dirección.
Convertibilidad de la Plusdirección:
Posibilidad de transformar una capacidad de dirección en ventajas pertenecientes a otros ámbitos: información privilegiada, recursos, redes, influencia institucional, nombramientos, apropiación económica o propiedad.
Dirección funcional:
Capacidad especializada necesaria para coordinar actividades sociales complejas mientras permanece sometida a mecanismos efectivos de control y no adquiere capacidad para reproducir autónomamente su propia posición.
Dominación:
Relación en la cual una capacidad suficientemente autonomizada permite imponer persistentemente decisiones, condiciones o proyectos sobre actores que carecen de medios efectivos para controlarla, modificarla o revertirla.
Dominación clasista:
Relación en la cual capacidades autonomizadas de dirección contribuyen de manera estable a producir y reproducir intereses, ventajas y posiciones sociales diferenciadas de una capa, en detrimento relativo de quienes sostienen la producción y reproducción social.
Entorno decisional:
Conjunto de condiciones materiales, económicas, informativas, tecnológicas, institucionales y sociales que delimitan las alternativas que un actor puede realizar efectivamente.
Excedente social:
Parte del producto generado socialmente que puede ser almacenada, distribuida, intercambiada, invertida o destinada a finalidades distintas del consumo inmediato relacionado con su producción.
Explotación económica:
Apropiación estable y reproducible de una parte del producto generado mediante el trabajo de otros. Plusdirección no sustituye esta categoría; investiga capacidades que pueden contribuir a establecer, proteger o reproducir determinadas relaciones de apropiación.
Institucionalización del control separado:
Proceso mediante el cual normas, procedimientos u organizaciones estabilizan y protegen una capacidad autonomizada de dirección frente a los actores que deberían poder controlarla.
Metadirección:
Dimensión del poder condicional consistente en configurar información, agendas, alternativas, límites y procedimientos dentro de los cuales otros actores adoptan decisiones.
Plusdirección:
Relación social basada en una distribución desigual de capacidades suficientemente significativa para permitir que determinados actores configuren el entorno decisional efectivo de otros. La teoría estudia cómo esas capacidades surgen, se distribuyen, concentran, autonomizan, convierten, reproducen, institucionalizan, disputan y socializan.
Plusdirección autonomizada:
Forma de Plusdirección cuya reproducción adquiere independencia significativa respecto del control efectivo de quienes delegaron, sostienen, padecen o deberían poder limitar esa capacidad.
Plusdirección hegemónica:
Posición en la que un actor controla de manera relativamente persistente uno o varios nodos críticos del entorno decisional y puede proyectar mediante ellos condicionamientos significativos sobre otros actores. Puede ser económica, financiera, tecnológica, informativa, administrativa, territorial, militar u operar mediante varias dimensiones simultáneamente.
Plusdirección relacional:
Capacidad diferencial, incluso temporal, de un actor para modificar significativamente componentes del entorno decisional efectivo de otro. No implica automáticamente autonomización, dominación ni relación clasista.
Plusdirección subordinada:
Posición de un actor cuyo propio entorno decisional se encuentra significativamente condicionado por una capacidad superior, pero que conserva suficiente margen para configurar el entorno decisional de otros actores. Puede reproducir, amplificar, atenuar, modificar o complementar el condicionamiento recibido.
Poder condicional:
Capacidad para determinar o modificar recursos, información, tecnología, acceso, costes, restricciones y demás condiciones previas que delimitan la posibilidad efectiva de otros actores para decidir y actuar.
Poder decisional:
Capacidad para adoptar, determinar o imponer directamente una decisión.
Propiedad social efectiva:
Situación en la que una forma pública, colectiva o social de titularidad está acompañada por mecanismos reales mediante los cuales los colectivos afectados intervienen sobre la utilización, dirección, fiscalización y destino de los recursos y del excedente.
Socialización de la Plusdirección:
Proceso mediante el cual capacidades decisionales y condicionales son distribuidas, fiscalizadas y sometidas a mecanismos plurales de control colectivo, reduciendo sus posibilidades de autonomización y apropiación particular.
Teoría de la Plusdirección:
Marco y programa de investigación dedicado al estudio histórico y comparativo de la génesis, distribución, concentración, hegemonización, subordinación, autonomización, convertibilidad, reproducción, institucionalización, disputa y socialización de capacidades diferenciales de dirección dentro de sistemas sociales complejos.
Umbral de significación:
Nivel a partir del cual una diferencia de recursos, información, autoridad u otra capacidad deja de constituir una simple asimetría y adquiere suficiente importancia para modificar efectivamente el campo de alternativas de otro actor.
Fuentes:
1. Bachrach, P., & Baratz, M. S. (1962). Two faces of power. American Political Science Review, 56(4), 947–952.
https://www.cambridge.org/core/journals/american-political-science-review/article/abs/two-faces-of-power1/0642CFB6AFD6EBF4312DF34CF1556671
Editorial Cambridge University Press. Artículo original; el texto íntegro puede requerir acceso institucional.
3. Dahl, R. A. (1957). The concept of power. Behavioral Science, 2(3), 201–215.
URL directa: https://onlinelibrary.wiley.com/doi/10.1002/bs.3830020303
4. Djilas, M. (1957). The new class: An analysis of the communist system. Praeger.
https://openlibrary.org/books/OL6223805M/The_new_class
5. Flannery, K. V., & Marcus, J. (2012). The creation of inequality: How our prehistoric ancestors set the stage for monarchy, slavery, and empire. Harvard University Press.
https://www.harvard.com/book/9780674416772
6. Foucault, M. (2007). Security, territory, population: Lectures at the Collège de France, 1977–1978. Palgrave Macmillan. https://link.springer.com/book/10.1057/9780230245075
8. Graeber, D., & Wengrow, D. (2021). The dawn of everything: A new history of humanity. Farrar, Straus and Giroux.
https://us.macmillan.com/books/9780374721107/thedawnofeverything/
9. Gramsci, A. (1971). Selections from the prison notebooks of Antonio Gramsci. International Publishers.
https://www.marxists.org/archive/gramsci/prison_notebooks/selections.htm
12. Marx, K. (1875). Critique of the Gotha Programme.
https://www.marxists.org/espanol/m-e/1870s/gotha/critica-al-programa-de-gotha.htm
Referencias restantes:
2. Bettelheim, C. (1975). Economic calculation and forms of property. Monthly Review Press:
https://marx2mao.redspark.nu/Other/ECFP70.html
7. Fried, M. H. (1967). The evolution of political society: An essay in political anthropology. Random House.
https://openlibrary.org/books/OL13948187M/The_evolution_of_political_society
10. Lenin, V. I. (1917). The state and revolution.
https://www.marxists.org/archive/lenin/works/1917/staterev/
11. Lukes, S. (2005). Power: A radical view (2nd ed.). Palgrave Macmillan.
https://search.worldcat.org/title/Power-%3A-a-radical-view/oclc/1173556220
13. Scott, J. C. (2017). Against the grain: A deep history of the earliest states. Yale University Press.
https://yalebooks.yale.edu/book/9780300231687/against-the-grain/
14. Service, E. R. (1975). Origins of the state and civilization: The process of cultural evolution. W. W. Norton.
https://openlibrary.org/books/OL21354095M/Origins_of_the_State_and_civilization
15. Strange, S. (1994). States and markets (2nd ed.). Pinter Publishers.
https://openlibrary.org/books/OL1083597M/States_and_markets
Sobre el autor
Henrik Hernandez es licenciado en Ciencias Pedagógicas y cuenta con formación en Promoción y Ventas Internacionales y como auxiliar de enfermería especializado en psiquiatría. Es investigador independiente, editor y fundador de Tocororo Cubano.
Sus líneas de trabajo abarcan el análisis histórico, político, económico y social, la geopolítica, la soberanía nacional y el estudio interdisciplinario de sistemas y relaciones de poder. En su trabajo utiliza herramientas de inteligencia artificial como apoyo para la investigación, organización, contraste y elaboración de contenidos, manteniendo bajo su responsabilidad la selección de las fuentes, el análisis y la revisión final.
Sobre el medio
Tocororo Cubano es una revista digital multidisciplinaria dedicada al análisis de la historia, la geopolítica, la cultura, la ciencia y la sociedad desde una perspectiva crítica, investigativa y fundamentada.
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